La presente resolución Dispone que, a partir del 09 de junio de 2021, los partes notariales que contengan alguno de los actos relacionados al Registro de Personas Jurídicas y al registro de Predios que se detalla en la resolución, a tramitarse e inscribirse en el Registro de Personas Jurídicas de todas las Oficinas Registrales del país, se expidan con firma digital y se tramiten exclusivamente a través del Sistema de Intermediación Digital de la SUNARP (SID-SUNARP), en aplicación de la Décimo Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo Nº 1049.
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